De sueldos y pensiones … de los diputados

De sueldos y pensiones … de los diputados

En el Congreso de los Diputados y en el Senado está empezando el proceso de acreditar a sus señorías. Llegar a las instituciones del Estado, como a cualquier empresa en la que uno empieza “de novato”, requiere una serie de trámites burocráticos. Nosotros os explicamos el procedimientos en el post Acreditando como quien hace churros publicado en julio de 1916. En cuanto empiezan a colarse en los medios las fotos de los nuevos diputados o senadores -¡les encanta tuitear sus fotos en el momento de acceder a su acreditación!- salta también la polémica del sueldo, las jubilaciones, las prebendas, el “no es lo que ganan, sino lo que no gastan”,… A este asunto vamos a dedicar hoy en post.

El sueldo de los Diputados

Para empezar a situarnos lo primero es consultar el Reglamento del Congreso. En el Título I -Del Estatuto del Diputado- se menciona la asignación económica a la que tienen derecho los Diputados en el artículo 8. La percibirán para permitir “cumplir eficaz y dignamente su función“. Y está sujeta -“las ayudas, franquicias e indemnizaciones por gastos que sean indispensables para el cumplimiento de su función“-  a las “normas tributarias de carácter general”. La cuantía de esta asignación es cosa a fijar por la Mesa. Las que entren en vigor en esta legislatura se decidirán, por lo tanto, cuando ésta se constituya. A partir del 21 de mayo.

Las cotizaciones a la Seguridad Social y a las Mutualidades de los Diputados que por “su dedicación parlamentaria, dejen de prestar el servicio que motivaba su afiliación o pertenencia a aquéllas” corren a cargo del presupuesto del Congreso. (Art. 9)

 

Régimen Económico y Protección Social de los Diputados

Para saber a cuánto ascienden las asignaciones buscamos a ver qué pone en la correspondiente pestaña sobre el régimen económico y la protección social. Y allí leemos que tras la reducción del 10% de junio de 2010 y la “congelación” a la que se sometieron los sueldos hasta 2017, en 2018: la

 (la) Asignación constitucional idéntica para todos los Diputados (es de ) 2.972,94€ mes.

A esta cantidad se le sumarán los complementos a los que tenga derecho cada uno de ellos por su cargo -pues además de diputado raso, puede ser miembros de la Mesa, de la Junta de Portavoces o de alguna Comisión-. En pocas palabras:

Presidente.
-Complemento miembro de Mesa: 3.242,65 €
-Gastos de representación: 3.521,26 €
– Gastos libre disposición: 2.887,13 €
Vicepresidentes.
– Complemento miembro de Mesa: 1.278,75 €
– Gastos de representación: 1.066,1 €
– Gastos libre disposición: 716,07 €
Secretarios.
– Complemento miembro de Mesa: 998,46 €
– Gastos de representación: 865,24 €
– Gastos libre disposición: 698,60 €
Portavoces.
– Gastos de representación: 1.840,72 €
– Gastos libre disposición: 979,25 €
Portavoces adjuntos.
– Gastos de representación: 1.505,15 €
– Gastos libre disposición: 699,89 €
Presidentes de Comisión.
– Gastos de representación: 1.512,22 €
Vicepresidentes de Comisión.
– Gastos de representación: 1.105,63 €
Secretario de Comisión.
– Gastos de representación: 737,09 €
Portavoz de Comisión.
– Gastos de representación: 1.105,63 €
Portavoz adjunto de Comisión.
– Gastos de representación: 737,09 €

Cuando se disuelve el Congreso los Diputados los que son miembros de la Diputación Permanente -los que se quedan trabajando hasta la constitución de la nueva cámara- cobrarán “la asignación constitucional, la indemnización y un complemento de miembro”, que equivale “a la totalidad de los que venían percibiendo en el momento de la disolución o de la expiración del mandato”. Desde el mes siguiente de dicha disolución o expiración y hasta el día anterior a que se constituya la nueva Cámara.

Hemos mencionado en el primer párrafo que además tienen derecho a otras ayudas (Art.8) pero para no alargarnos, si os interesa saber a qué corresponden -transportes, viajes oficiales, comunicaciones…- lo mejor es echarle un ojo al documento correspondiente.

 

Las pensiones y las indemnizaciones de los ex Diputados

Es obvio que además de trabajar, alguno se jubilará. Lo de las pensiones es siempre un asunto que da para muchos comentarios y es bastante habitual oír que por ser Diputado tienes derecho a pensión vitalicia. Pero no es así. Este capítulo también está regulado. Tras las modificaciones hechas al texto original en diciembre de 2007 y julio de 2011, el reglamento de pensiones parlamentarias y otras prestaciones económicas a favor de los ex parlamentarios, ha quedado muy cortito: está todo lleno de tachones.

Hasta el artículo 9 no queda ni un punto ni una coma sin tachar.  En este documento se reconoce que los “exparlamentarios a los que la duración de su mandato no les permita obtener la pensión parlamentaria” pueden solicitar la “concesión de una ayuda económica” a la Mesa. Es graciable -no obligatoria-  y la cuantía la establece la Mesa.

Para el resto, cuando se disuelven las Cámaras se prevé “una indemnización de transición en un pago único y en la cuantía que determine la Mesa“. La cantidad a percibir será “el equivalente de una mensualidad de la asignación constitucional por cada año de mandato parlamentario en las Cortes Generales o fracción superior a seis meses, y hasta un límite máximo de veinticuatro mensualidades“.

Pero no a todos les llega. Los que hayan “permanecido en el cargo durante un tiempo inferior a dos años, sin perjuicio de que dicho periodo de tiempo pueda sumarse al de posteriores
mandatos“, no tienen derecho a la indemnización, que, por otro lado, es “incompatible con la percepción de cualquier retribución, sueldo, salario, pensión, dieta, indemnización o percepción de cualquier naturaleza, sea de carácter público o privado“.

Hay algunos extras para los veteranos: los Diputados de “la totalidad de la Legislatura Constituyente y de la Primera Legislatura” tienen derecho a un complemento: el “ochenta por ciento de la diferencia entre las pensiones que tuvieran reconocidas y el límite máximo de percepción de pensiones públicas en la cuantía que éste tenga en el momento de su reconocimiento“.

 

Si es mucho, poco, excesivo, o lo que a cada uno le parezca, es ya otra historia. Pero esto es lo que hay y lo mejor siempre es informarse.

 

 

(Fotos: portada; hemiciclo)