Precisiones terminológicas: una colaboración de @MariaPSC
Hay una serie de términos que a menudo se usan indistintamente y, aunque relacionados, deberíamos usarlos apropiadamente. Esos términos son: Protocolo, Ceremonial, Etiqueta y Usos Sociales (Urbanidad).
PROTOCOLO
El primero de ellos es protocolo y el diccionario de la RAE lo define como el “conjunto de reglas establecidas por norma o por costumbre para ceremonias y actos oficiales públicos o solemnes”.
En ese “conjunto de reglas”, relacionadas con el protocolo y que se establecen por norma tenemos en primer lugar el Real Decreto 2099/83 que regula el Ordenamiento general de precedencias del Estado. Las autonomías también han regulado esta materia mediante Decreto; los Ayuntamientos y Diputaciones lo han hecho mediante Reglamento. Hay también una abundante legislación a nivel estatal, autonómico y local relacionada con los símbolos y su utilización, etc. a la que además hay que añadir la regulación propia de distintas instituciones: académicas, militares, etc., etc. Debemos puntualizar que las normas no solo regulan la ordenación de autoridades, sino también la secuencia de determinados actos, ceremonias e incluso la etiqueta de quien participa en las mismas. Pero norma no es solo la que emana del legislativo o de órganos con capacidad para regular su propio funcionamiento; la costumbre y la tradición también son fuente de norma en protocolo, cuando establecen criterios para ordenar asistentes o pautan la secuencia del acto.
Siguiendo con los términos que aparecen en la definición, el diccionario denomina “acto” a toda “celebración pública o solemne”. Esta definición hay que completarla con el articulado del RD 2099/83 que en su artículo 3º hace una clasificación de los actos oficiales distinguiendo entre: Actos Oficiales de Carácter General y Actos Oficiales de Carácter Especial.
El Real Decreto mencionado parte de un presupuesto básico: que estos actos oficiales y ceremonias solemnes han de ser organizados por autoridades nacionales, autonómicas y/o locales, en el ejercicio de sus funciones. De esta forma el acto, para ser público y solemne, requiere que en el organizador concurra esa especial condición, ser autoridad. El término autoridad es, según el diccionario de la RAE, “Poder que gobierna o ejerce el mando, de hecho o de derecho”. Una interpretación estricta de esta definición dejaría fuera a algunos cargos que aparecen en el Real Decreto, pero la propia norma, en sus artículos 10 y 12, recoge un listado de empleos a los que expresamente reconoce como autoridades, y para los cuales establece una precedencia.
El término precedencia, que el diccionario define como “preferencia en el lugar y asiento y en algunos actos honoríficos”, hace referencia a primacía, antelación en el orden, prioridad; el hecho de que uno vaya por delante de otro. Se trata de un orden de importancia que la propia norma reconoce “no confiere por sí honor o jerarquía, ni implique, fuera de él, modificación del propio rango, competencia o funciones reconocidas o atribuidas por la Ley” (art. 1).
CEREMONIAL
El término ceremonia aparece definido por el diccionario como: “serie o conjunto de formalidades para cualquier acto público o solemne”. Esas formalidades no están solo en la ordenación de asistentes a la misma, sino también en la etiqueta y en la secuencia del acto, sin olvidar el lugar en el que se celebra. Pensemos en el ceremonial de un acto académico, la apertura del año judicial, la toma de posesión de un jefe de gobierno, etc.
ETIQUETA
En el pasado, la Etiqueta, o las Etichetas, hacían referencia a ese “Ceremonial de los estilos, usos y costumbres que se debe guardar en actos públicos solemnes”, que recoge el diccionario de la RAE, y así lo podemos ver en libros como Etiquetas de la Casa de Austria, de Rodríguez Vila, en el cual se detallan ordenaciones, etiqueta y ceremonial de más de 30 actos a los que acudían los monarcas de la Casa de Austria.
Hoy en día al hablar de etiqueta nos referimos al atuendo requerido para acudir a un acto, y así lo detalla el diccionario:
- (media etiqueta) “Indumentaria masculina formal, por lo común oscura, no rigurosamente protocolaria”
- De etiqueta: “Propio de los actos solemnes según un determinado protocolo” “Dicho de un traje masculino: requerido para actos solemnes”
Pero etiqueta, en el diccionario, también es urbanidad, y así aparece otro significado: “Ceremonia en la manera de tratarse las personas particulares o en actos de la vida privada, a diferencia de los usos de confianza o familiaridad”. Al hablar de trato estamos hablando de comportamiento en la vida de relación social, de urbanidad. En el acervo popular ha quedado una expresión, que también recoge la RAE y es la de “estar de etiqueta”, y que empleamos para referimos a la frialdad sobrevenida en la relación de familiaridad entre dos personas.
Haciendo un mero resumen del significado de los términos Protocolo, Ceremonial y Etiqueta observamos su complementariedad, y así podemos afirmar que el protocolo necesita del ceremonial y la etiqueta en actos oficiales para dar mayor solemnidad a los mismos, en el bien entendido que ni Ceremonial ni Etiqueta por si solas confieren carácter de oficial a un acto, sino que éste le viene dado por la condición de autoridad que concurre en quien lo organiza.
Para ver esa relación entre los términos basta con preguntarse de qué valdría tener una norma que ordenase perfectamente a las autoridades sin una ceremonia en la que poner en juego esa ordenación y fuese acompañada de una etiqueta específica para ese acto en concreto; o también, de qué valdría tener perfectamente establecida la secuencia de una ceremonia solemne si no hubiese “actores” para llevarla a cabo, o si cada uno de ellos se presentase en la misma vestido según su leal saber y entender.
URBANIDAD
Fuera de lo dicho anteriormente quedarían usos y costumbres relacionados con la urbanidad, los buenos modales y las buenas maneras. Y es que el modo de comportarse en sociedad y las habilidades para la vida de relación son aplicables a todos, participen o no en actos públicos en los que autoridades, ceremonias y etiqueta están presentes. Todos deberíamos manejar esas reglas establecidas a menudo por la costumbre, ya que no solo aquellos que están invitados a un acto oficial deben saber cómo comportarse, saludar, comer, conversar, asearse, vestir, etc., todos nosotros en el día a día debemos cuidar nuestro comportamiento, teniendo en cuenta que es nuestra carta de presentación, que forma parte de nuestra “marca personal”.
A modo de conclusión hay que señalar que siendo estrictos deberíamos limitar el empleo del término Protocolo al Protocolo Oficial y al Diplomático pero por analogía lo estamos llevando a otros ámbitos en los que también hay normas que hablan de ordenaciones, de secuencias, etc. En este sentido se está hablando de protocolo empresarial, deportivo, de los invitados, de las bodas (no solo en el aspecto de ceremonia), social, en los negocios (cuando de lo que estamos hablando es de técnicas de negociación), intercultural (al referirnos a usos y costumbres internacionales), etc. etc. etc. lo que ayuda a “popularizar” el término pero que en modo alguno debe hacernos perder de vista su verdadero significado.
María Gómez Requejo