Disueltas las Cortes, diputados y senadores …mutis por el foro
Con esto de las circunstancias políticas no hace mucho tiempo que un miércoles de mayo subíamos al blog un post sobre el sueldo de sus señorías. Tras las elecciones del 28 de abril, en la Cortes había nuevos diputados y senadores. Y como casi siempre que tenemos nuevos miembros en las Cámaras la pregunta sobre su sueldo y las prebendas que les presuponemos son tema de arduos debates. Entre la verdad y la desinformación siempre caben muchas opiniones. Lo mismo que ocurre con los sueldos, pasa con las indemnizaciones y esas otras prebendas. Por tanto, y dado que el pasado lunes 24 de septiembre se disolvieron las Cortes, vamos hoy a dedicarle la entrada a la salida de los actores del escenario. Al mutis por el foro.
La indemnización de transición de los diputados cesantes
Si: así se llama al pago que recibirán los parlamentarios que cesan en su condición con motivo de la disolución de las Cortes. Ya vimos en la entrada de mayo, que existe un Reglamento de pensiones parlamentarias y otras prestaciones económicas que las Mesas de Congreso y Senado aprobaron en julio de 2006. En este reglamento el capítulo III se dedica a la Indemnizaciones por cese en la actividad parlamentaria. Tiene cuatro artículos en los que se especifica quien tiene derecho a este pago, a cuánto asciende y de qué forma se va a cobrar.
Para cuando se disuelven las Cámaras está prevista “una indemnización de transición en un pago único y en la cuantía que determinen las dos Mesas” (Congreso y Senado) pues a cargo de sus respectivos presupuestos va. (Art.11.1.). En esta ocasión y según carta que se remitió a todos los parlamentarios el 23 de septiembre, la Mesa del Congreso ha estimado la cuantía y la forma de esta indemnización de la siguiente manera:
“….los Diputados que causen baje por disolución percibirán en un pago único una indemnización de transición, sometida íntegramente a tributación, cuya cuantía vendrá determinada por la suma de todos los conceptos retribuidos que vinieran percibiendo en el momento de la disolución, calculado sobre el periodo comprendido entre el día siguiente al de la publicación del Real Decreto de disolución y convocatoria y el día anterior a las elecciones”.
Para solicitar esta indemnización deben rellenar un formulario y presentarlo antes del 14 de octubre en el Registro General de la Cámara. Si no se solicita en fecha, se pierde.
Incompatibilidades de las indemnizaciones de los Diputados
Volvemos al Reglamento (Art. 14.1) y a la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. Para cumplir con el espíritu de ambas, “la percepción de la indemnización de transición (…) “es incompatible con la percepción de cualquier otra retribución con cargo a los Presupuestos de las Administraciones Públicas, de los entes, organismos y empresas de ello dependientes o con cargo a los de los órganos constitucionales o que resulte de la aplicación de arancel, así como con cualquier retribución que provenga de una actividad privada, con excepción de las previstas en el artículo 13.2.c de la citada ley, así como con la percepción de la pensión de jubilación o retiro por Derechos pasivos, o por cualquier régimen de Seguridad Social público y obligatorio.”
Las otras prebendas de los Diputados
Sabemos todos que a los Diputados se les dota con los elementos necesarios para cumplir con su función y su trabajo: material y transportes. ¿Qué pasa con ello? Veamos:
Medios de transporte: la tarjeta de crédito para la adquisición de billetes de avión, de tren y para el peaje de autopistas se anula el mismo día que se disuelven las Cortes; también se cancelarán las tarjetas de radioteléfono taxi.
Medios de trabajo: se pueden quedar con las tabletas, abonando el valor residual de las mismas (118,63 eu.) pero tienen que comunicarlo antes del 10 de octubre. Si no les interesara la oferta, deberán devolverlas dentro de ese mismo plazo y si no lo hacen se les descuenta de su liquidación final.
Correo electrónico, intranet*: los parlamentarios pueden seguir utilizando ambos servicios hasta que se constituya una nueva Cámara. Así tendrán tiempo para revisarlos y guardar lo que estimen necesario. Después se procederá al borrado del contenido.
Móvil y línea telefónica: como en el caso de las tabletas, los Diputados podrán quedarse el terminal – iPhone 8 246 GB- al precio de 607,04 eu. (según la correspondiente tabla de amortizaciones). Si así van a proceder, deben comunicarlo antes del 22 de octubre. Aquellos que no lo quieran, lo tienen que devolver o se les descontará. Con la titularidad de la línea se procederá de la misma manera.
Despachos y servicio de paquetería: como hay que acondicionar los despachos para la siguiente legislatura, hay que desalojar. Salvo aquellos que vayan a volver a presentarse. Ellos podrán quedarse hasta el día de las elecciones. Los que se marchan y quieran retirar de sus despachos el material que hayan acumulado -libros, documentos u objetos- disponen de los servicios de la Cámara para ello. Simplemente deberán dejar empaquetados y precintados los bultos para que puedan ser enviados a través de la Estafeta de Correos a sus domicilios (“paquete azul” o similar). El traslado lo lleva a cabo el personal de la Cámara. Hay un formularios para estos trámites.
Póliza de accidentes: se mantendrá el alta hasta que se constituyan las nuevas Cámaras.
*siempre y cuando no sean titulares o suplentes de la Diputación Permanente. Los que lo son tienen otras condiciones.
(Foto: hemiciclo)