Nunca está de más saber… banderas de luto

Es inevitable que alguna vez haya que mostrar banderas de luto. Aunque no hay regulación al respecto, sí normas aceptadas y en uso. El desconocimiento sobre la forma de hacerlo, una vez declarado oficialmente, es grande. Y sin embargo, es sencillo y tiene muy poca complicación.

Banderas de luto en el exterior de un edificio

Las banderas que ondeen en el exterior mostrarán el luto izándose a media asta: para ello, primero se iza a tope y luego se arría a media asta.

Desde mayo de 2010, el nuevo Reglamento de Honores Militares, refleja con claridad que, además de hacerlo la bandera nacional cuando se declare luto oficial,  si un gobierno regional o un ayuntamiento lo declaran en sus territorios, las banderas exteriores también se izarán a media asta. (Art. 3.2). No se anudará o prenderá en ellas ni lazo ni crespón alguno.

Banderas de luto en el interior de un edificio

Las banderas de interior no pueden izarse. En mástiles mucho más cortos y con una medida de 150×100 cm. arrastrarían por el suelo. Por ello, el luto en banderas de interior se manifiesta con un crespón negro, bien anudado en lo alto del mástil. No se prende en la bandera, por muy “televisivo” que sea el invento o por muy bien que salga en la foto.

   

Así, no: ni dentro del edificio, ni fuera de él.

Así, si.

Reglamento de Honores Militares
BOE-A-2010-8188 Reglamento Honores Militares 2010