Orden Civil de Sanidad: ¡la salud puntúa!

Hace un par de días , el 4 de diciembre, el gobierno concedió al cardiólogo Valentín Fuster y a la presidenta de la Federación Internacional Farmacéutica, Carmen Peña, la Gran Cruz de la Orden Civil de Sanidad, por sus respectivas trayectorias profesionales.

Esta Orden Civil se creó mediante Decreto, de 27 de julio de 1943 y se regula desde 1983 mediante Real Decreto 1270/1983, de 30 de marzo. Es una orden sectorial que “premia conductas meritorias relacionadas con la sanidad” (médicos, enfermeras, fundaciones sanitarias, etc.).
Cruz_de_Epidemias_(ESPAÑA)

Su precedente es la “Cruz de Epidemias” creada y regulada mediante Real Orden de 15 de agosto de 1838 por deseo de ” S. M. la Reina Gobernadora”, para “que se sujete a reglas fijas la concesión del distintivo de la Cruz de Epidemias, destinado a premiar el mérito distinguido y los servicios extraordinarios prestados por los profesores de la ciencia de curar, con motivo de las enfermedades contagiosas o epidémicas a que asistan”.  Básicamente, premiaba a la gente que cuidaba a los apestados, leprosos y otros enfermos muy contagiosos.

El emblema es una cruz maltesa esmaltada de color blanco, con ráfagas doradas entre sus brazos. En el centro, un óvalo de esmalte rojo, con el escudo de España, rodeado de bordura roja y en letras doradas, “Al Mérito Sanitario”.
La banda de la Orden es de seda de 10 cm de ancho de color amarillo, con dos rayas regras a unos milímetros del borde y el remate, un rosetón del que cuelga la cruz. En el caso de la Encomienda la banda del cuello mide 3 cm de ancho.
La Cruz cuelga de una corona olímpica -de hojas de roble y de palma-.

Banda_y_Venera_Gran_Cruz

La Orden tiene tres categorías:

-la Gran Cruz de Sanidad con categoría de Gran Cruz
grancruz
-la Encomienda de Sanidad con categoría de Comendador
Comendador
-y la Cruz sencilla o Cruz de Sanidad con categoría de Caballero.
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La concesión es personal e intransferible y a Corporaciones, Asociaciones, Entidades, Empresas o colectividades, caduca a los doce años. Confiere el derecho “a ser y denominarse miembro de la Orden Civil de Sanidad, a recibir el tratamiento y consideraciones oficiales debidos a su categoría (los caballeros y damas de Grandes Cruces son Excelentísimos Señores), a exhibir las correspondientes condecoraciones, a ser reconocida en toda clase de actividades e Instituciones sanitarias y a hacerla constar en los escritos y documentos del interesado”.

El ingreso en la Orden Civil de Sanidad se acuerda anualmente -coincidiendo con el Día Mundial de la Salud- en nombre de Su Majestad el Rey. Y, según la categoría:
-la Gran Cruz de Sanidad: mediante Real Decreto acordado en Consejo de Ministros (a propuesta del Ministerio de Sanidad y Consumo);
-la Encomienda de Sanidad: por Orden del Ministro de Sanidad y Consumo;
-y la Cruz Sencilla o Cruz de Sanidad: por Resolución de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo.

Sólo se conceden, como máximo, cinco grandes cruces, diez Encomiendas con placa, veinte encomiendas y cincuenta Cruces Sencillas, al año.

La Orden tiene un Gran Canciller, cargo que corresponde al Ministro de Sanidad y Consumo y, por delegación, al Subsecretario del Departamento.

 

(Texto elaborado a partir de  “Las Órdenes y Condecoraciones Civiles del Reino de España“, de Alfonso de Ceballos-Escalera y Gila y Fernando García-Mercadal y García Loygorri, editado por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
Fotos: Blasones hispánicos y Todo Colección)