¡Salud y República!
Hoy es 14 de abril. Mal día para la bandera española.
Varios ayuntamientos han anunciado ya que hoy ondeará en sus mástiles la bandera republicana: lo han aprobado en el Pleno, avisan. Aprobar en Pleno no es garantía de legalidad. Si mañana aprobasen cargarse a garrotazos al vecino juerguista ¿sería legal salir a darle una paliza en nombre del Pleno? No. Tampoco lo es el izado de la bandera republicana. Por poco monárquica, que se sienta la corporación. Alcaldes y concejales han jurado o prometido acatar la Constitución, donde, ¡precisamente!, se especifica cómo es.
En su Art. 4, se reconoce que es la que “está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, (…)”. La bandera republicana -que es una bandera histórica- fue la bandera de España en el tiempo en que el sistema político era la República y, como en la Constitución actual, también en la de 1931, y también en el título preliminar, Art 1, se declaraba que la “bandera de la república española es roja, amarilla y morada”.
Su uso se regula por la Ley 39/1981, de 28 de octubre, en cuyo Art. 3.1. especifica que debe “ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado”. Y las leyes deben cumplirse.
Advertir, con pleno o sin pleno, que se va a izar una bandera republicana no es más que un poco más de ese postureo tan del gusto político actual. ¡Como no hay sanciones y no tiene trascendencia penal es muy sencillo utilizar –de nuevo y de nuevo con las banderas- los símbolos que son de todos en beneficio de unos cuantos.
(Imagen de la bandera republicana en el Ayuntamiento de Xirivella – ABC)
(Imagen de la pancarta republicana en Valencia – MIKEL PONCE)
Castellón Ermua Madrid Manises
(Fotos: abc.es y diario16.com)
(Este artículo se ha publicado hoy en el Huffington Post: http://www.huffingtonpost.es/maria-de-la-serna-ramos/a-vueltas-con-las-bandera_b_9681718.html)