Desde el escaño: los nuevos diputados prometen su cargo
Desde el escaño: los nuevos diputados prometen su cargo
Mientras todos estábamos pendientes de la composición del nuevo gobierno y de los cambios que suponía en cuanto a nombramientos y cargos, en el Congreso de los Diputados se cumplía con una formalidad que pasó desapercibida. Nosotros tampoco lo comentamos entonces y optamos por subir el post sobre la ordenación de los ministros en la mesa del Consejo el martes y el correspondiente al efecto que el cambio de color del gobierno y los consecuentes nombramientos provocaban tanto en el banco azul como en los escaños del hemiciclo, el jueves. De hecho, uno de los primeros cambios ya se ha producido: han renunciado a su acta de diputado tanto el ex presidente Rajoy, como los ministros del nuevo gobierno que eran diputados: José Luis Ábalos (Ministro de Fomento), Margarita Robles (Ministra de Defensa), y Meritxell Batet (Ministra dePolítica Territorial).
Los nuevos diputados
Consecuentemente, “se mueve el escalafón” y sus escaños los ocuparán nuevos diputados. Se les sustituye por los componentes que figuraron en las mismas listas electorales que ellos. Y por riguroso orden. Pasa y pasa muchas veces. Por ejemplo, también ha sido el caso hace unas semanas con el nuevo gobierno catalán. Dos diputadas de ERC han dejado sus escaños para incorporarse como consejeras gobierno de Quim Torra y en el Congreso han sido sustituidas por dos de las personas que estaban en la lista de ERC al Congreso: Carolina Telechea y Joan Margall.
Promesa o jura de estos nuevos diputados
Los nuevos diputados, es obvio, no pueden prometer sus cargos el primer día de la legislatura…¡de eso ya hace unos años! ¿Qué prevé el reglamento del Congreso para estos casos? Recurrimos a su articulado. Allí en el CAPÍTULO CUARTO De la adquisición, suspensión y pérdida de la condición de Diputado, artículo 20: leemos
1. El Diputado proclamado electo adquirirá la condición plena de Diputado por el cumplimiento conjunto de los siguientes requisitos:
1º. Presentar en la Secretaría General la credencial expedida por el correspondiente órgano de la Administración electoral.
2º. Cumplimentar su declaración de actividades en los términos previstos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
3º. Prestar, en la primera sesión del Pleno a que asista, la promesa o juramento de acatar la Constitución.
2. Los derechos y prerrogativas serán efectivos desde el momento mismo en que el Diputado sea proclamado electo. Sin embargo, celebradas tres sesiones plenarias sin que el Diputado adquiera la condición de tal, conforme al apartado precedente, no tendrá derechos ni prerrogativas hasta que dicha adquisición se produzca.
Es decir, primero, que hay que cumplir algunos requisitos antes de obtener la plena condición de diputado. Y, entre estos requisitos está prestar promesa o juramento de acatar la Constitución. ¿Y cuándo? En la primera sesión del Pleno a que asista.
Y así fue la semana pasada. En este enlace tenéis el vídeo de la promesa publicado en la web de Antena3.
Vimos ya en el blog otras promesas de acatamiento a la Constitución en el Senado. ¡También en esta Cámara se cumple con la formalidad fuera de la habitual tras unas elecciones. Y a veces, con polémica lingüistica.
Estaremos pendiente, porque tienen que prometer o jurar sus cargos los diputados que sustituyan a los ministros y mucho no van a tardar.
Fotos: renuncia M.Rajoy; ministros ex diputados;