Las asambleas legislativas o parlamentos de las Comunidades Autónomas
En estos últimos días la política nacional anda muy revolucionada en todas partes. Entre mociones de censura y convocatoria de elecciones vamos de notición en notición. Hemos repasado los post publicados en busca de aquellos relacionados con el asunto y nos hemos dado cuenta de que sobre las asambleas legislativas o parlamentos de las Comunidades Autónomas no hemos subido casi nada. Sólo ha habido hueco para dos en nuestro blog El Parlament de Catalunya y El Parlament de Catalunya, ambos en 2015. ¿Qué pasa con el resto? Porque haberlos, haylos… Es momento de conocerlos.
Las asambleas legislativa o parlamentos autonómicos
La Asamblea Legislativa de la comunidad autónoma es el órgano de representación popular: a sus diputados los elegimos cada cuatro años por sufragio universal. El número de estos diputados autonómicos es proporcional a la representación de las diversas zonas del territorio de la Comunidad.
Su función, como la del Congreso de los Diputados, del que publicamos dos entradas en 2013; es la de ejercer el poder legislativo. Y, por tanto, su funcionamiento es similar.
Órganos de los parlamentos autonómicos
Si hemos dicho que su funcionamiento es similar al del Congreso, sus órganos de gobierno, también. Y por tanto son:
- Presidente
- Mesa
- Junta de Portavoces
- Diputación Permanente
- Grupos Parlamentarios
Para no liarnos, los vemos uno a uno.
El presidente de la asamblea regional o parlamento
Entre sus funciones, además de ostentar su representación, está la de ordenar y dirigir los debates en los diferentes hemiciclos, haciendo cumplir el reglamento del que todos están dotados. Si se le rebelan los diputados, hay que saber que tiene facultades disciplinarias y de régimen interior de la institución.
La mesa del parlamento
Es el órgano rector de las diferentes cámaras. La componen el presidente, los vicepresidentes y los secretarios. Todos estos puestos se eligen al inicio de cada legislatura tras unas elecciones en el primer pleno que se celebre. Sus funciones son, entre otras: la calificación y admisión de iniciativas y otros trámites y la administración interior del parlamento. Y para poder cumplir correctamente con ellas, les asiste un letrado: el Letrado Mayor de la Cámara.
El pleno del parlamento
Esto nos tienen que sonar mucho, si es que el resto no nos sonara tanto: es el órgano supremo en el que se discuten las iniciativas legislativas y todas aquellas cuestiones que son competencia de las asambleas. ¡La de veces que habremos visto en los medios a nuestros parlamentarios reunidos en pleno en los diferentes hemiciclos!
La junta de portavoces de una asamblea
En este órgano están representados todos los partidos: los miembros que lo componen son los portavoces de los diferentes grupos parlamentarios de las cámaras. En sus reuniones discuten, presentan, debaten las ideas y opiniones de las diferentes fuerzas políticas a las que representan para preparar el trabajo y los debates parlamentarios.
Las comisiones
Aunque en estos tiempos lo normal es que “comisiones” suene a corruptela… las comisiones de las asambleas o parlamentos son en realidad grupos de trabajo entre los que se reparten aquellos asuntos competencia del parlamento. Por tanto, hay comisiones de muchos temas. En cada una están representados todos los grupos políticos parlamentarios. Su número es proporcional al número de diputados que haya obtenido cada uno de estos grupos.
La Diputación Permanente
Es como un parlamento sustituto: el órgano que actúa cuando el parlamento se encuentra fuera de los períodos ordinarios de sesiones o en períodos entre legislaturas. Evidentemente, para temas urgentes que no puedan esperar a que, o bien se elija uno nuevo, o bien se reinicie el periodo de sesiones. Así se asegura la continuidad del trabajo parlamentario.
Las 17 + 2 asambleas autonómicas
En nuestra organización territorial contamos con 17 Comunidades Autónomas y 2 ciudades autónomas. En cada una de ellas la asamblea legislativa tiene un nombre propio una composición diferente. Hemos hecho una tabla para que sea más sencillo de ver en la que hemos incluido el nombre, el tratamiento del presidente, el número de miembros de la mesa y el número de diputados:
CCAA |
Presidente |
Mesa |
Diputados |
Eusko Legebiltzarra (Parlamento Vasco) | Excmo. Sr. | 2 Vicep. + 2 Secrt. | 75 |
Parlament de Catalunya (Parlamento de Cataluña) | Molt Honorable | 2 Vicep. + 4 Secrt. | 135 |
Parlamento de Galicia | Excmo. Sr. | 2 Vicep + 1 Sec + 1 Vicesec. | 75 |
Parlamento de Andalucía | Excmo. Sr. | 3 Vicep. + 3 Sec. | 109 |
Junta General del Principado de Asturias | Excmo. Sr. | 2 Vicep. + 2 Sec. | 45 |
Parlamento de Cantabria | Excmo. Sr. | 2 Vicep. + 2 Sec. | 35 |
Parlamento de La Rioja | Excmo. Sr. | 2 Vicep. + 2 Sec. | 33 |
Asamblea Regional de Murcia | Excmo. Sr. | 2 Vicep. + 2 Sec. | 45 |
Corts Valencianes
(Corts Valencianes) |
Molt Excel-lent | 2 Vicep. + 2 Sec. | 99 |
Cortes de Aragón | Excmo. Sr. | 2 Vicep. + 2 Sec. | 67 |
Cortes de Castilla La Mancha | Excmo. Sr. | 2 Vicep. + 2 Sec. | 33 |
Parlamento de Canarias | Excmo. Sr. | 2 Vicep. + 2 Sec. | 60 |
Parlamento de Navarra | Excmo. Sr. | 2 Vicep + 2 Sec. | 50 |
Asamblea de Extremadura | Excmo. Sr. | 2 Vicep. + 2 Sec. | 65 |
Parlament de les Illes Balears (Parlamento de las Islas Baleares |
Molt Honorable | 2 Vicep. + 2 Sec. | 59 |
Asamblea de Madrid | Excmo. Sr. | 3 Vicep. + 3 Sec. | 129 |
Cortes de Castilla y León | Excmo. Sr. | 2 Vicep. + 2 Sec. | 84 |
En las ciudades autónomas, sus respectivas asambleas son algo diferentes:
Asambleas de Ceuta y de Melilla
Los presidentes de las Asambleas de Ceuta y de Melilla lo son también del Consejo de Gobierno y, además, son los alcaldes de sus respectivas ciudades Tienen tratamiento de Excelentísimo Señor.
Sus mesas –mesas rectoras– están compuestas además por dos vicepresidentes. Y cuentan con 25 diputados/concejales.
Veremos en breve, para ser exactos el 4 de mayo, los cambios en la Asamblea de Madrid: dada la convocatoria de nuevas elecciones, estaremos atentos a la votación, a las alianzas, a la elección de los miembros de la mesa y a la elección de su presidente. Pues, como en el Congreso, son los diputados los que le eligen: ya sea nacional o autonómico. Lo vimos, por ejemplo en 2015 en Andalucía: este es el post que publicamos: La elección de un presidente autonómico -Andalucía.